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Reconversión · Formación

Periodo de reconversión 2026: formarse en alternancia sin dimitir

¿Eres asalariado y quieres cambiar de profesión sin renunciar a tu salario? Desde 2026, un nuevo dispositivo lo permite: el periodo de reconversión. Sustituye a la Pro-A y se apoya en el principio de la alternancia.

En resumen: el periodo de reconversión permite a un asalariado del sector privado formarse en alternancia para conseguir una nueva cualificación, sin dimitir. La formación (de 150 a 450 horas en 12 meses como máximo) la financia el OPCO de la empresa, el contrato de trabajo se mantiene en la reconversión interna, y el acuerdo tanto del asalariado como del empleador es indispensable.

¿Por qué desapareció la Pro-A en 2026?

Hasta finales de 2025, un asalariado podía reconvertirse gracias a la Pro-A (reconversión o promoción mediante alternancia). Desde el 1 de enero de 2026, ya no es posible firmar una Pro-A: solo las cláusulas adicionales firmadas antes de esa fecha siguen produciendo sus efectos.

En su lugar, el Código del Trabajo francés (artículos L6324-1 a L6324-11) instaura el periodo de reconversión, un dispositivo más flexible, abierto a todos los asalariados sin condición de edad ni de nivel de titulación.

¿En qué consiste el periodo de reconversión?

Adultos en reconversión siguiendo una formación en un aula

El objetivo es adquirir una nueva cualificación mediante la alternancia: formación teórica + puesta en práctica en la empresa. La cualificación buscada debe ser:

  • una certificación registrada en el RNCP (diploma o título profesional);
  • o un CQP / CQPI (certificado de cualificación profesional de rama);
  • o el certificado CléA, que acredita el dominio de los conocimientos básicos.

El periodo puede ser interno (cambias de puesto dentro de tu empresa) o externo (te vas a formar a otra empresa).

¿Hay que dejar el empleo?

No: ese es precisamente el interés del dispositivo. La seguridad del empleo se preserva mientras mejoras tus competencias.

Las reglas difieren según el tipo de reconversión:

CriterioReconversión internaReconversión externa
Contrato de origenMantenidoSuspendido
Nuevo contratoNingunoCDI o CDD ≥ 6 meses (empresa de acogida)
RemuneraciónMantenida sin cambiosFijada por el nuevo contrato
Retorno posibleNo aplicaSí, a tu puesto o uno equivalente

En la reconversión externa, si la experiencia resulta satisfactoria, el contrato de origen se rompe (ruptura convencional en el caso de un CDI); de lo contrario, recuperas tu puesto inicial o uno equivalente, con una remuneración al menos igual.

Duración y remuneración: lo que hay que recordar

El periodo de reconversión no puede superar los 12 meses, con una formación comprendida entre 150 y 450 horas. Un convenio de empresa o de rama puede elevar estos volúmenes hasta 2 100 horas en 36 meses. El certificado CléA no está sujeto a estos límites.

En cuanto a la remuneración, en la modalidad interna conservas tu salario sin modificaciones. En la externa, es el nuevo contrato el que la determina. Sigues cubierto por la Seguridad Social (incluidos accidentes laborales y enfermedades profesionales). Si tu proyecto es más bien obtener un primer diploma o mejorar tus competencias sin cambiar de empleador, compara también con el contrato de profesionalización y nuestras explicaciones sobre aprendizaje o profesionalización.

¿Cómo poner en marcha un periodo de reconversión?

El procedimiento se basa en un acuerdo escrito entre tú y tu empleador (un formulario Cerfa oficializa este acuerdo). Ni uno ni otro puede imponerlo: el dispositivo se construye conjuntamente, sobre la base del voluntariado.

La financiación de los costes pedagógicos corre a cargo del OPCO de la empresa, a petición del empleador. Puedes complementarla movilizando tu CPF, pero el organismo de formación no tiene derecho a facturarte ningún importe pendiente.

Para preparar tu proyecto, identifica primero la profesión objetivo gracias a nuestro directorio de profesiones, y luego localiza las formaciones en alternancia que conducen a la certificación buscada. Y si todavía dudas sobre el dispositivo adecuado, nuestro repaso de las ayudas económicas te ayudará a cerrar el presupuesto.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el periodo de reconversión?

Es un dispositivo que entró en vigor en 2026 y que permite a un asalariado del sector privado formarse en alternancia para adquirir una nueva cualificación, conservando su contrato de trabajo. Sustituye a la Pro-A (reconversión o promoción mediante alternancia).

¿Hay que dimitir para beneficiarse de un periodo de reconversión?

No. En la reconversión interna, tu contrato de trabajo y tu remuneración se mantienen. En la reconversión externa, tu contrato de origen queda suspendido y firmas un CDI (contrato indefinido) o un CDD (contrato de duración determinada) de al menos 6 meses con la empresa de acogida.

¿Quién puede beneficiarse?

Cualquier asalariado del sector privado (empresa, asociación, EPIC…), sea cual sea su edad y su antigüedad. El acuerdo del asalariado y del empleador es obligatorio: ninguno de los dos puede imponerlo.

¿Qué formación se puede seguir y cuántas horas?

Una formación que conduzca a una certificación inscrita en el RNCP, un CQP/CQPI o el certificado CléA. La formación dura de 150 a 450 horas, durante un periodo máximo de 12 meses (hasta 2 100 horas en 36 meses si un convenio de rama lo prevé).

¿Quién paga la formación?

El OPCO de la empresa se hace cargo de los costes pedagógicos, a petición del empleador. También puedes movilizar tu CPF (cuenta personal de formación). El organismo de formación no puede reclamarte ninguna contribución económica.

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