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Aprendizaje después de los 30 años: las excepciones que abren el contrato en 2026

¿Tienes más de 30 años y te planteas la alternancia para desarrollar tus competencias o reconvertirte? El contrato de aprendizaje sigue siendo accesible, pero solo a través de excepciones precisas recogidas en el Código de Trabajo. Este es el panorama de 2026, perfil por perfil, con los pasos a seguir en cada caso.

En resumen: la regla general fija el límite en 29 años cumplidos (art. L. 6222-1 del Código de Trabajo). El artículo L. 6222-2 prevé excepciones: sin límite de edad para las personas reconocidas como trabajadores con discapacidad (RQTH), los creadores o compradores de empresa y los deportistas de alto nivel; un límite ampliado a 35 años cumplidos para un nuevo contrato que sigue a un aprendizaje anterior (título superior, rescisión ajena a tu voluntad o ineptitud temporal), con menos de un año de intervalo. El salario mínimo es entonces al menos el SMIC. Sin excepción, siguen abiertos el contrato de profesionalización y el periodo de reconversión.

Para las reglas generales del contrato (edad, duración, salario, derechos, trámites), consulta nuestra guía completa del contrato de aprendizaje.

¿Cuál es la regla general en 2026?

El artículo L. 6222-1 del Código de Trabajo fija el marco:

  • Edad mínima: 16 años, o 15 años si el joven ha terminado la clase de 3ᵉ (equivalente a 3.º de ESO).
  • Edad máxima: 29 años cumplidos (es decir, hasta la víspera de los 30 años).

Este límite se aplica a todos los contratos de aprendizaje, en todos los sectores. Un contrato que no respete las condiciones de edad corre el riesgo de ser rechazado por el OPCO al presentarlo: de ahí la importancia de identificar la excepción aplicable antes de la firma.

Para un primer título, una reconversión clásica o una vuelta a la formación tras algunos años de actividad, lo más sencillo sigue siendo a menudo tener menos de 30 años — explora nuestras ofertas de alternancia y nuestras fichas de oficios para ajustar tu proyecto.

Las excepciones que abren el aprendizaje después de los 30 años

1. Trabajador con discapacidad (RQTH) — sin límite de edad

Es la excepción más conocida. En cuanto la CDAPH te reconoce como trabajador con discapacidad (mediante una solicitud presentada en la MDPH de tu departamento), no se aplica ningún límite de edad. La duración del contrato puede ampliarse hasta 4 años, con un aumento de 15 puntos del salario mínimo durante la prórroga.

Para el empleador, la ayuda a la contratación de un aprendiz con discapacidad reconocida puede alcanzar 6 000 € el primer año, y la Agefiph ofrece ayudas complementarias (ayuda a la contratación, financiación de la adaptación del puesto). Cada CFA cuenta además con un referente de discapacidad. Tienes todos los detalles en nuestro artículo Alternancia y discapacidad: ayudas y adaptaciones RQTH.

2. Deportista de alto nivel — sin límite de edad

Los deportistas inscritos en la lista de deportistas de alto nivel del ministerio encargado del Deporte (artículo L. 221-2 del Código del Deporte francés) pueden firmar un contrato de aprendizaje a cualquier edad. La duración máxima del contrato puede ampliarse a 4 años para tener en cuenta las exigencias de entrenamiento y competición.

3. Creador o comprador de empresa — sin límite de edad

¿Tienes un proyecto de creación o compra de empresa cuya realización depende de obtener el título o la certificación que preparas? El aprendizaje está abierto sin límite de edad. Prepara un expediente que demuestre el vínculo entre la formación y el proyecto (por ejemplo, un plan de negocio); infórmate en tu CFA o tu OPCO sobre los justificantes exigidos.

4. Nuevo contrato tras un aprendizaje anterior — hasta los 35 años cumplidos

El límite de edad sube a 35 años cumplidos (36 años menos un día) cuando el nuevo contrato de aprendizaje:

  • conduce a un título de nivel superior al obtenido al término del contrato anterior;
  • o sigue a un contrato rescindido por causas ajenas a tu voluntad (por ejemplo, la liquidación de la empresa);
  • o sigue a un contrato rescindido por ineptitud física y temporal.

⚠️ El plazo es estricto: no puede transcurrir más de un año entre los dos contratos.

Por último, en caso de suspender el examen, el aprendizaje puede prorrogarse un año como máximo, incluso mediante un nuevo contrato con otro empleador (art. L. 6222-11): el límite de edad no impide esta prórroga.

Tabla resumen de las excepciones

SituaciónEdad máximaDuración del contratoJustificante principal
Regla general29 años cumplidosDe 6 meses a 3 años—
RQTHSin límiteHasta 4 añosNotificación de la MDPH
Deportista de alto nivelSin límiteHasta 4 añosInscripción en la lista ministerial
Creador / comprador de empresaSin límiteDe 6 meses a 3 añosExpediente del proyecto
Nuevo contrato tras un aprendizaje anterior35 años cumplidosSegún el títuloMenos de un año entre los dos contratos

¿Qué salario cobra un aprendiz de más de 30 años?

Buena noticia para una reconversión: a partir de los 26 años, el aprendiz cobra como mínimo el 100 % del SMIC, es decir 1 867,02 € brutos al mes desde el 1 de junio de 2026, o el salario mínimo del convenio colectivo para el puesto si es más alto — y ello desde el 1.er año. Si encadenas un nuevo contrato, tu remuneración es como mínimo la del último año del contrato anterior. Comprueba tu futuro salario con el simulador de remuneración.

¿Qué alternativa si no entras en ninguna excepción?

Para una reconversión después de los 30 años fuera de estos casos, siguen abiertas dos vías principales:

  • El contrato de profesionalización: abierto en particular a los demandantes de empleo de 26 años o más, con una remuneración de al menos el 100 % del SMIC (o el 85 % del mínimo del convenio si es más favorable) y una formación financiada por el OPCO. Ideal para adquirir rápidamente competencias en un oficio concreto.
  • El periodo de reconversión (desde 2026): permite a un asalariado del sector privado formarse en alternancia sin dimitir. Tienes todos los detalles en nuestro artículo Periodo de reconversión 2026: formarse en alternancia sin dimitir.

Para comparar ambos contratos, relee también Aprendizaje o profesionalización: cómo elegir. Y si preparas un doctorado, ten en cuenta que no abre ninguna excepción de edad: el convenio CIFRE es una vía habitual.

¿Cómo preparar el expediente paso a paso?

  1. Comprueba si cumples una de las excepciones anteriores. Si tienes una discapacidad reconocida (o en proceso de reconocimiento), empieza por la RQTH.
  2. Identifica la certificación que buscas: un título o certificado profesional inscrito en el RNCP. Para una reconversión, apunta a un título de nivel 5 a 7 (bac+2 a bac+5) según tu proyecto.
  3. Encuentra un CFA que ofrezca la formación y consigue tu admisión. Nuestra página de formaciones recoge las principales formaciones en alternancia.
  4. Encuentra una empresa de acogida dispuesta a firmar el contrato. Las ofertas de alternancia y la guía encontrar una empresa en alternancia aceleran el proceso.
  5. Reúne los justificantes propios de tu excepción (notificación de la MDPH, certificado de inscripción en la lista de deportistas de alto nivel, expediente del proyecto de creación o compra, contrato de aprendizaje anterior) antes de la firma.
  6. Firma el contrato (Cerfa) y realiza la DPAE (declaración previa a la contratación). Después, el empleador transmite el contrato a su OPCO a más tardar en los 5 días hábiles siguientes al inicio de la ejecución; el OPCO dispone de 20 días para pronunciarse sobre la financiación (el silencio equivale a denegación) y presenta el contrato ante el ministerio por vía electrónica. Para un empleador público, el contrato se presenta ante la DREETS.

El aprendizaje después de los 30 años sigue siendo posible, siempre que identifiques la excepción adecuada y la documentes bien. Los CFA, los OPCO y Cap emploi (para personas con discapacidad) son tus primeros interlocutores para asegurar el proceso.

Lo que hay que recordar

  • Regla general: aprendizaje abierto de los 16 a los 29 años cumplidos (art. L. 6222-1).
  • Sin límite de edad: RQTH, deportista de alto nivel, creador o comprador de empresa (art. L. 6222-2).
  • 35 años cumplidos: nuevo contrato tras un aprendizaje anterior (título superior, rescisión ajena a tu voluntad o ineptitud temporal), con menos de un año de intervalo.
  • Salario: al menos el 100 % del SMIC (o el mínimo del convenio si es más alto) desde los 26 años.
  • ¿Sin excepción?: el contrato de profesionalización y el periodo de reconversión siguen siendo alternativas sólidas.
  • Buen reflejo: identifica la excepción antes de firmar, reúne los justificantes y déjate acompañar por tu CFA, tu OPCO o Cap emploi.

Preguntas frecuentes

¿Se puede firmar un contrato de aprendizaje después de los 30 años?

Sí, pero solo en los casos de excepción previstos por el artículo L. 6222-2 del Código de Trabajo francés, porque el límite general es de 29 años cumplidos. No hay límite de edad para las personas con discapacidad reconocida (RQTH), los creadores o compradores de empresa y los deportistas de alto nivel; el límite sube a 35 años cumplidos para un nuevo contrato que sigue a un contrato de aprendizaje anterior.

¿Cuál es el límite de edad para un contrato de aprendizaje en 2026?

El límite general sigue siendo 29 años cumplidos (30 años menos un día). Sube a 35 años cumplidos cuando el nuevo contrato conduce a un título superior al obtenido en un aprendizaje anterior, o sigue a un contrato rescindido por causas ajenas a la voluntad del aprendiz o por ineptitud física temporal, siempre que no transcurra más de un año entre los dos contratos.

¿Cómo hacer valer la RQTH para un aprendizaje después de los 30 años?

Presenta una solicitud en la MDPH de tu departamento para obtener el reconocimiento de la condición de trabajador con discapacidad. Una vez recibida la notificación, el aprendizaje queda abierto sin límite de edad; la duración del contrato puede llegar a 4 años, con un aumento de 15 puntos del salario mínimo durante la prórroga.

¿Qué salario cobra un aprendiz de más de 30 años?

A partir de los 26 años, el aprendiz cobra al menos el SMIC (1 867,02 € brutos al mes desde el 1 de junio de 2026) o el salario mínimo del convenio colectivo para el puesto si es más alto, sea cual sea el año del contrato. Si encadena un nuevo contrato, su remuneración es como mínimo la del último año del contrato anterior.

¿Se puede preparar un doctorado en aprendizaje después de los 30 años?

El doctorado no abre ninguna excepción al límite de edad. Un doctorando de 30 años o más solo puede firmar un contrato de aprendizaje si entra en una de las excepciones legales (RQTH, creación o compra de empresa, deportista de alto nivel, nuevo contrato hasta los 35 años); de lo contrario, existen otros dispositivos, como el convenio CIFRE.

Fuentes, actualizaciones y enlaces de afiliados: nuestra carta editorial (en francés)

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